El Gobierno del Perú promulgó -el viernes 23 de abril- la ley que autoriza a los trabajadores a disponer de la Compensación Por Tiempo de Servicios (CTS) a fin de cubrir las necesidades económicas causadas por la pandemia del Covid-19.
La norma legal publicada en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, señala que “se autoriza por única vez y hasta el 31 de diciembre del 2021 a disponer libremente del 100 por ciento de la CTS en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición“.
Cabe mencionar que, en Perú, la CTS es un beneficio laboral -que otorga el empleador al trabajador que se encuentra en planilla-, y tiene como finalidad protegerlo al momento en que finalice su vínculo con la empresa. Es decir, es un fondo de contingencia contra el desempleo. Asimismo, este beneficio se deposita semestralmente: durante los primeros 15 días en los meses de mayo y noviembre.
En relación a la fecha exacta del retiro, primero la ley debe ser publicada en ‘El Peruano’ y luego se contarán diez días calendario para elaborar el reglamento que permita ejecutar la disposición. No obstante, según la web del diario oficial del Gobierno, a partir del lunes 03 de mayo se podrá iniciar el trámite para liberar el dinero.
La promulgación de la ley aprobada por el Congreso de la República, está suscrita por el presidente Francisco Sagasti y la presidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez. El dispositivo legal indica que para tal fin, el Poder Ejecutivo dicta las disposiciones reglamentarias necesarias, en el plazo máximo de 10 días calendario desde la entrada en vigencia de la presente ley.
Ocurrió el viernes 23 de abril, cuando la presidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez, indicó que el Ejecutivo no observaría la autógrafa de ley que faculta el retiro de la CTS, pues se han considerado las posibles contingencias que podría generar la emergencia sanitaria en el país.
Violeta Bermúdez expresó además la confianza -que tienen como administradores del Estado- en que los trabajadores adopten una decisión responsable ante la ley que autoriza el retiro del 100 % de la CTS.
En ese sentido, Bermúdez enfatizó que la promulgación de la ley no significa que es obligatorio que los trabajadores retiren el total de los fondos. “Evidentemente, nosotros asumimos que los trabajadores y trabajadoras son absolutamente responsables y pueden adoptar decisiones responsables. Si no necesitan en este momento hacer uso de la CTS, lo recomendable es que no la saquen y siga depositada”, expresó en dicha ocasión.
Fuentes: https://peru.as.com/peru/2021/04/25/actualidad/1619372421_256560.html // https://elcomercio.pe/respuestas/retiro-cts-100-conoce-las-fechas-claves-para-acceder-a-la-compensacion-por-tiempo-de-servicios-peru-nnda-nnlt-noticia/?ref=ecr // https://www.americaeconomia.com/economia-mercados/peru-autoriza-retiro-del-100-de-los-fondos-de-la-cts