Uruguay refuerza incentivos fiscales para donación de alimentos

Uruguay refuerza incentivos fiscales para donación de alimentos

En Uruguay, una nueva ley y su correspondiente decreto reglamentario han introducido incentivos fiscales para empresas del sector alimentario que donen alimentos aptos para consumo humano. El objetivo es triple: reducir la inseguridad alimentaria en poblaciones vulnerables, minimizar el desperdicio de comida y promover prácticas productivas y de consumo más sostenibles.

La normativa uruguaya sobre donaciones de alimentos representa un avance importante en materia social, ambiental y fiscal. Al establecer incentivos fiscales atractivos para empresas del sector alimenticio —siempre que cumplan requisitos sanitarios y sociales— se crea un incentivo claro para que lo que antes era un residuo se transforme en una herramienta de ayuda a quienes lo necesitan.

La ley fue aprobada en 2023, declarando de interés general las donaciones gratuitas de alimentos para consumo humano realizadas por actores públicos y privados del ámbito alimenticio. En agosto de 2025, se reglamentó mediante decreto (20 de agosto) su aplicación, estableciendo los lineamientos que permiten que estas donaciones gocen de los beneficios fiscales previstos.

Son elegibles para los beneficios aquellas empresas que producen o cultivan productos agrícolas perennes (frutas, verduras, etc.). Procesan alimentos, es decir, elaboran productos alimenticios. Fabrican bebidas, excepto aquellas bebidas destiladas. Operan en el comercio de alimentos y bebidas, tanto al por mayor como al por menor. 

Estas entidades pueden acogerse a deducciones y exoneraciones, siempre que sigan ciertas condiciones que aseguren que los alimentos donados sean seguros, útiles, y efectivamente destinados a quienes más lo necesitan

Para asegurar la efectividad del régimen, se establecen sanciones administrativas en caso de incumplimientos, con diferentes grados: Multas leves: hasta cierto monto —por ejemplo 100 Unidades Reajustables (UR), que equivalen a cerca de 183.593 pesos uruguayos— para infracciones menores. Multas graves: cuando la infracción sea mayor, hasta 1.000 UR (aproximadamente 1.835.930 pesos) para los incumplimientos más serios.

Fuente: https://www.elobservador.com.uy/economia-y-empresas/beneficios-fiscales-donacion-alimentos-que-empresas-pueden-acceder-y-cuales-son-las-condiciones-n6017790

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